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09:37 20/08/2010
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Por la ley del ojo por ojo un hombre es condenado a quedar paralítico 
Un juez de Arabia Saudita pidió a un hospital que vea la posibilidad de practicar una cirugía en la espina dorsal de un hombre que lesionó a otro en una pelea.
Un tribunal del norte de Arabia Saudí pidió un informe a un hospital para que indique la posibilidad de que se aplique el "ojo por ojo, diente por diente" a un hombre que causó una parálisis corporal a otro en una pelea, informó la página web del diario "Ekad".
El periódico saudí precisó que el juez del Gran Tribunal de la región septentrional de Tobuk, Mohamed al Yaadan, solicitó a los responsables del hospital Rey Faisal de Riad que le informarán sobre la posibilidad de causar el mismo daño al culpable que ocasionó una discapacidad física otra persona.
Asimismo, el matutino reveló que la víctima de la agresión, Abdulaziz al Muteiri, ha pedido la aplicación de la "sharía" o ley islámica, que exige que se castigue al atacante con el mismo daño que ha hecho.
Al Muteiri sufre una discapacidad que lo ha dejado postrado en una silla de ruedas tras ser herido con un cuchillo en la espina dorsal.
El hospital Rey Faisal, considerado el más importante de Arabia Saudí, respondió que esa sanción no se puede llevar a cabo desde el aspecto médico. Sin embargo, un centro sanitario privado se ha ofrecido para llevar a cabo ese tipo de operación.
No obstante, el tribunal desea la opinión de un alto órgano médico antes de intentar la aplicación de ese castigo, explica el diario.
El agresor, cuya identidad el periódico no específico, confesó el delito a la policía, lo que llevó al juez a condenarlo a siete meses por daños al Estado, aunque todavía prosigue una causa particular.
El abogado saudí Satam Harbi dijo que la ley islámica estipula el castigo de acuerdo al principio de "ojo por ojo, diente por diente", pero matizó que este suceso es considerado único y muy complicado, ya que causaría un gran daño al atacante.
En ese sentido, subrayó que si se comprueba que el castigo causará un perjuicio mayor al condenado, el juez no lo pedirá. En esa situación, el culpable deberá pagar a la víctima una "daya" o indemnización que fijará el magistrado.
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